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Salario mínimo no cobijará a más de 18 millones de colombianos

Para ellos, un incremento elevado representa un mayor costo de vida y más informalidad

  • El ingreso de más 18 millones de personas no aumenta con base en lo que se pacte en la negociación. Y aunque la Corte Constitucional estableció que se deben ajustar anualmente este tipo de salarios con base en la inflación, para compensar la pérdida de poder adquisitivo, esto no es obligatorio para los empleadores. Foto: Edwin Bustamante El ingreso de más 18 millones de personas no aumenta con base en lo que se pacte en la negociación. Y aunque la Corte Constitucional estableció que se deben ajustar anualmente este tipo de salarios con base en la inflación, para compensar la pérdida de poder adquisitivo, esto no es obligatorio para los empleadores. Foto: Edwin Bustamante
    • Ni al tendero de barrio, ni al vendedor que trabaja en la informalidad y ganan por debajo del salario mínimo, ni al asalariado que ya devenga más de $1 millón, les subirá el sueldo con el alza que se está negociando entre los sindicatos y los gremios, a instancias del Gobierno. Sin embargo, el aumento en el costo de vida sí lo están asumiendo todos.
    • Y es que, a cuatro días de que se cumpla la fecha límite para lograr un acuerdo entre los gremios empresariales, las centrales obreras y el gobierno, lo que más sigue preocupando y generando tensión es la pérdida de poder adquisitivo de los colombianos, dada la creciente inflación, que a noviembre llegó a 12,53% en su variación anual, y que ya absorbió el histórico aumento de 10,07% que tuvo el salario para este año
    • Las recientes cifras del Dane, presentadas ante la mesa de concertación, demostraron las brechas salariales que aún persisten en el país.
    • Según la entidad, solo el 15,7%, 3,42 millones de personas recibe un ingreso mensual correspondiente al salario mínimo legal vigente; mientras el 43,1% de la población (más de 9,43 millones de personas) reciben menos del ingreso estipulado por la ley; y más del 41% percibe un ingreso mayor que el mínimo. (Ver gráfico).
    • Así, el ingreso de más 18 millones de personas no aumenta con base en lo que se pacte en la negociación. Y aunque la Corte Constitucional estableció que se deben ajustar anualmente este tipo de salarios con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), para compensar la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores, esto no es obligatorio.
    • “El incremento salarial debe balancear dos elementos: mantener el poder adquisitivo de los trabajadores formales que ganan el mínimo y no incrementarle la ‘vara’ a esas personas que tienen ingresos mayores o menores a esa cifra, ya que un alza grande los termina perjudicando, porque hace más difícil el enganche a un empleo formal, debido a los costos salariales frente a la productividad laboral”, explicó Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo.

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